El dictamen que prohíbe el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niñas, niños y adolescentes pretende la intervención temprana en la atención de la violencia intrafamiliar. Por eso, por unanimidad, los senadores avalaron en lo general y particular la modificación a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Civil Federal, que prohíbe a los padres, madres y tutores el uso de la fuerza física y castigos humillantes a menores de edad como métodos de corrección.
Los legisladores destacaron que dicho dictamen no es de corte penal, pero sí preventivo y detonante para la intervención pública temprana en la atención de la violencia intrafamiliar. Ahora, el acuerdo fue remitido a la Cámara de Diputados para efectos del artículo 72 constitucional.
En el mismo, se califica como castigo humillante el trato ofensivo, denigrante y que ridiculiza o actos que tengan el objetivo de provocar dolor o molestia a menores de edad. Y se define el castigo corporal cuando se utilice la fuerza física, como pellizcos, empujones, golpes con la mano, quemaduras o cualquier otro acto que cause dolor o malestar.
Fuente: elinformador.mx
escenainformativa.com
28/09/20
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